En el día de ayer dio comienzo la Campaña de la Renta 2023-2024. Como todos los años, es conveniente que los contribuyentes que residan en el Principado de Asturias conozcan las deducciones autonómicas que se contemplan en nuestra provincia. Todas ellas aparecen detalladas en el Manual de Renta 2023, pero este artículo te permitirá tener una visión periférica de todas ellas. Estas se dividen en tres grandes apartados:
CIRCUNSTANCIAS PERSONALES Y FAMILIARES
- Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años
Cuantía: 500 euros por cada persona mayor de 65 años que conviva con el declarante durante más de 183 días al año.
Requisitos: Ninguna de las partes puede obtener ayudas o subvenciones del Principado por esta causa. Además, no puede tratarse de un familiar cercano.
- Por adopción internacional de menores
Cuantía: 1.500 euros por cada hijo adoptado en el periodo impositivo.
Requisitos: El hijo adoptivo debe convivir con el declarante.
- Por partos múltiples o por dos o más adopciones constituidas en la misma fecha
Cuantía: 1.000 euros por cada hijo nacido o adoptado en el periodo impositivo.
Requisitos: El menor debe convivir con el declarante en la fecha de devengo del impuesto (31 de diciembre). En el supuesto de matrimonio o unión de hecho, se prorratea a partes iguales.
- Para familias numerosas
Cuantía: 1.000 euros en caso de familia numerosa en categoría general, 2.000 euros si es en categoría especial.
Requisitos: El contribuyente debe convivir con el resto de la unidad familiar en la fecha de devengo del impuesto (31 de diciembre).
- Para familias monoparentales
Cuantía: 500 euros para contribuyentes que tengan a su cargo descendientes.
Requisitos: El contribuyente no puede haber convivido con cualquier otra persona ajena a los descendientes, salvo que se trate de ascendientes que generen el derecho a la aplicación de mínimo por descendientes.
- Por acogimiento familiar de menores
Cuantía: 500 euros por cada menor, siempre que conviva con el contribuyente al menos 183 días. En el caso de convivir menos de 183 días, pero más de 90, podrá deducirse 250 euros.
Requisitos: Debe tratarse de un acogimiento familiar de urgencia, temporal o permanente, por lo que no es válido para aquellos que tengan finalidad preadoptiva.
- Por gastos de descendientes en centros de cero a tres años
Cuantía: 15% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo, con un límite de 500 euros anuales por cada descendiente. En caso de residir en concejos en riesgo de despoblación, se establece un porcentaje del 30%, con un límite de 1.000 euros anuales por cada descendiente.
Requisitos: El contribuyente debe convivir con el descendiente.
- Por nacimiento o adopción de segundo y sucesivos hijos en concejos en riesgo de despoblación
Cuantía: 300 euros por cada hijo nacido o adoptado en el periodo impositivo.
Requisitos: El declarante debe tener su residencia habitual en uno de estos concejos, además de convivir con el descendiente.
- Por el cuidado de descendientes o adoptados de hasta 25 años
Cuantía: 300 euros por el primer descendiente, 600 euros por el segundo y sucesivos. En el periodo en el que el descendiente cumpla 26 años, se calculará la cantidad a deducir de forma proporcional al número de meses en que se cumplan los requisitos.
Requisitos: Los descendientes deben convivir con el declarante, y estos no pueden tener una renta anual superior a 8.000 euros.
- Por la obtención de ayudas o subvenciones otorgadas por el Principado de Asturias a enfermos de Esclerosis Lateral Amiotrófica
Cuantía: Se podrá aplicar una deducción en la cuota íntegra por el importe que resulte de aplicar los tipos medios de gravamen a la cuantía de la subvención o ayuda que se integre en la base liquidable.
Requisitos: No existen requisitos adicionales.
RELATIVAS A LA VIVIENDA HABITUAL
- Por adquisición o adecuación de la vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad
Cuantía: 3% de las cantidades satisfechas en el ejercicio, con un máximo de 15.000 euros, tanto en tributación individual como conjunta.
Requisitos: El propio declarante, su cónyuge, ascendientes o descendientes (siempre que convivan con él) deben acreditar una discapacidad de al menos un 65%.
- Por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida
Cuantía: 10% del gasto satisfecho por su adquisición o rehabilitación, con un límite máximo de 5.000 euros.
Requisitos: En caso de que pueda aplicarse por más de dos contribuyentes, se prorratea a partes iguales.
- Por arrendamiento de vivienda habitual
Cuantía: 10% de las cantidades satisfechas, con límite un máximo de 500 euros. En caso de que el contribuyente tenga menos de 35 años o resida en un concejo en riesgo de despoblación, se establece una deducción del 20% con un límite máximo de 1.000 euros.
Requisitos: Las cantidades satisfechas deben exceder del 10% de la base imponible del contribuyente.
- Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en concejos en riesgo de despoblación
Cuantía: 5% de las cantidades satisfechas durante el ejercicio. El porcentaje se eleva al 10% en caso de que el contribuyente tenga 35 años o menos, sea miembro de una familia numerosa o sea miembro de una familia monoparental.
Requisitos: El domicilio fiscal debe mantenerse en el concejo en riesgo de despoblación durante al menos tres años.
OTROS CONCEPTOS DEDUCIBLES
- Por certificación de la gestión forestal sostenible
Cuantía: 30% de las cantidades invertidas, con un límite de 1.000 euros por contribuyente.
Requisitos: El contribuyente debe ser propietario de montes ubicados en la Comunidad Autónoma y haber obtenido la citada certificación.
- Por adquisición de libros de texto y material escolar
Cuantía: 10% de las cantidades satisfechas para su uso en Educación Primaria o Secundaria Obligatoria.
Requisitos: Los importes de la deducción tienen diferentes límites en función de la base imponible del contribuyente.
- Para contribuyentes que se establezcan como trabajadores por cuenta propia, o autónomos en concejos en riesgo de despoblación
Cuantía: 1.000 euros por contribuyente.
Requisitos: El declarante debe mantener la situación de alta durante un periodo mínimo de un año.
- Por gastos de transporte público para residentes en concejos en riesgo de despoblación
Cuantía: 10% del importe de los gastos en abonos de transporte público nominales, con un límite de 100 euros. En caso de adquirir abonos para descendientes podrá deducir también un 10% de los importes satisfechos, con un límite de 300 euros por cada descendiente.
Requisitos: Se deben acreditar estos gastos con facturas o documentos que los prueben.
- Por gastos de formación en que hayan incurrido los contribuyentes que desarrollen trabajos especialmente cualificados, relacionados directa y principalmente con actividades de investigación y desarrollo, científicas o de carácter técnico
Cuantía: 10% de los gastos satisfechos, con un límite de 2.000 euros.
Requisitos: No pueden haber transcurrido más de tres años desde que el contribuyente finalizase su formación académica.
- Para contribuyentes que trasladen su domicilio fiscal al Principado de Asturias por motivos laborales
Cuantía: 15% de los gastos consecuencia del traslado de su domicilio fiscal, con un límite de 1.000 euros. En caso de realizar trabajos especialmente cualificados relacionados directamente con actividades de investigación y desarrollo, científicas o de carácter técnico el límite es de 2.000 euros.
Requisitos: El contribuyente no puede haber residido en Asturias durante los cuatro años anteriores a la fecha de traslado. Debe mantener su residencia en la comunidad durante al menos tres años adicionales al del propio traslado.
- Por adquisición de vehículos eléctricos
Se trata de una deducción estatal, pero cuenta con particularidades en Asturias. Puedes consultar los detalles de esta deducción en nuestro artículo publicado la semana pasada.
- Por emancipación de jóvenes de hasta 35 años
Cuantía: 10% de los gastos incurridos, con un límite de 1.000 euros por contribuyente.
Requisitos: Si el contribuyente retorna al hogar familiar antes de que transcurran tres años perderá el derecho de deducción.
En AC/ contamos con un equipo experto en elaboración de declaraciones de la renta, no dudes en contactarnos para poder beneficiarte de todas las deducciones vigentes.