El pasado 21 de mayo se aprobó la Orden HAC/495/2024 en la cual se publicaron, entre otras cuestiones, los modelos de declaración del Impuesto de Sociedades (IS) y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) del año 2023. En este artículo analizaremos las novedades normativas que nos encontramos en el IS:

  • La Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) establece para el año 2023 un tipo de gravamen del 23% para las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios en el periodo impositivo anterior hubiera sido inferior a 1 millón de euros.
  • La LPGE incorpora otro incentivo fiscal; se trata de una amortización acelerada para determinados vehículos eléctricos, así como para las instalaciones de recarga de los mismos. Se multiplica por 2 el coeficiente máximo previsto en las tablas.
  • La LPGE instaura también un régimen fiscal especial para las Islas Baleares, con grandes similitudes respecto a los incentivos fiscales reconocidos a las Islas Canarias.
  • La última novedad implantada por la LPGE establece una serie de acontecimientos de especial interés público como beneficiarios de los incentivos fiscales previstos en la Ley 49/2002, ampliados por el Real Decreto-ley 1/2023.
  • El Real Decreto-ley 18/2022 establece libertad de amortización para las inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables, siempre que se hayan puesto en marcha en el año 2023.
  • Respecto a las empresas emergentes, la Ley 28/2022 determina dos importantes incentivos fiscales. Tributarán al 15% en el primer periodo impositivo en que la base imponible sea positiva y en los tres siguientes. Por otro lado, están exentas de efectuar pagos fraccionados del IS a cuenta del periodo impositivo inmediato posterior a aquel en que se haya obtenido por primera vez una base imponible positiva y en el posterior.
  • En cuanto a las sociedades que consolidan cuentas, la Ley 38/2022 limita la posibilidad de integrar en la base imponible consolidada las bases negativas individuales de las entidades del grupo; tan solo se permite la integración del 50%.
  • La anterior ley incrementa los límites de deducción por inversiones en producciones cinematográficas y series audiovisuales, tanto españolas como extranjeras.
  • El Real Decreto-ley 4/2023 declara exentas las rentas positivas derivadas de la percepción de ayudas a los regímenes en favor del clima y del medioambiente.

📅 El plazo de presentación del IS finaliza el 25 de julio para aquellas empresas cuyo periodo impositivo finalizó el 31 de diciembre.

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